Con el objetivo de aumentar los empleos formales y apoyar a las empresas en su recuperación económica, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo subsidio al empleo 2024.
Desde el 1 de mayo de este año entra en vigor la extensión del Impuesto Sobre la Renta, mejor conocido como ISR. A continuación, te ayudamos a entender de que se trata este subsidio.
¿Cómo funciona el nuevo subsidio al empleo?
Este decreto que otorga el subsidio al empleo tiene el propósito de apoyar a los colaboradores reduciendo el cobro del ISR para mejorar la estabilidad laboral formal.
Para poder tener este beneficiado se deben de cubrir ciertas características, principalmente tener un ingreso máximo de 9 mil 081 pesos mensuales o aproximadamente 2.1 salario mínimo.
Todos aquellos trabajadores que entren en este salario mensual tendrán una reducción en el ISR, percibiendo un 20% de su salario íntegro.
El nuevo subsidio se realiza multiplicando el 11.82% sobre el valor de UMA (Unidad de Medida y Actualización) mensual, que en este caso es $3,300.53, dando como resultado $390. Dicho valor será desde mayo de 2024 a enero de 2025, a partir de febrero del próximo año que cambia el valor de UMA se modificará el monto de Nuevo Subsidio.
¿Qué que pasa para los que tienen menos de un mes? En este caso el nuevo subsidio se dividirá entre los 30.a y el resultado se multiplicará por el número de días trabajados, el subsidio no podrá exceder del que corresponde a un mes.
Ventajas del Subsidio
Además de apoyar a que incremente la formalidad en el empleo, los colaboradores también son favorecidos ya que obtienen mayor seguridad laboral y acceso a beneficios sociales como seguro de salud y pensiones.
Se espera que con este decreto del subsidio al empleo 2024, la administración pública busca beneficiar a millones de personas trabajadoras en México.
¿Tienes alguna duda sobre el nuevo subsidio al empleo 2024? o ¿de cómo calcular el impuesto? Estamos listos para apoyarte en todas las actualizaciones legales, recuerda que esta es una de las obligaciones fiscales que se tiene que estar al pendiente. ¡Contáctanos!
Fuente: Diario Oficial de la Federación